Creación del Registro Único de Beneficiarios Finales -Proyecto de Ley Anticorrupción-
En el marco de la jornada de conmemoración del #DíaNacionalAntilavado que
se llevó a cabo de manera digital, la Secretaría de Transparencia, Beatriz
Elena Londoño, informó que el Gobierno Nacional junto con la Comisión Nacional
de Moralización está radicando el Proyecto de Ley al Congreso de la República
en el que se incluye un capítulo sobre beneficiarios finales y debida
diligencia aplicable para el sector privado y público.
El proyecto de ley prevé a su vez la creación de un nuevo registro
llamado “Registro Único de Beneficiarios Finales” (RUB) el cual será
administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Las entidades que ejerzan inspección, vigilancia y control o tengan
funciones de investigación fiscal o disciplinarias podrán acceder a este
registro de beneficiarios finales. También tendrán acceso las entidades
orientadas a combatir el lavado de activos, financiación del terrorismo,
soborno trasnacional, conglomerados e intervención por captación no
autorizada.
Este proyecto de ley deriva no sólo del compromiso de carácter
internacional que Colombia asumió como país, sino también por la necesidad de
una competencia de arraigo legal y directa que le facilite a las autoridades
estatales la detección, análisis e investigación de corruptos y lavadores de
activos que se esconden detrás de figuras jurídicas para evitar ser perseguidos.
Las herramientas del beneficiario final y la debida diligencia permitirán al
Estado actuar antes de que los corruptos lleguen al dinero público. La
iniciativa prevé a su vez cambios en materias como la extinción dominio, la
protección de testigos y las medidas contractuales de los aportantes de
campañas electorales.
La propuesta tiene como objetivos implementar herramientas que
contribuyan a la prevención de los actos de corrupción, y fomentar la cultura
de la legalidad, la corresponsabilidad, la integridad y el buen manejo de los
recursos públicos.
Establecimiento
de Beneficiarios Finales
El tema de los beneficiarios finales, también denominados “beneficiarios efectivos”, ha venido cobrando
importancia a nivel internacional debido a su rol central para la transparencia
y la integridad del sector financiero. El concepto refiere a las personas
naturales que son los verdaderos dueños o controlantes o quienes se benefician
económicamente. Dentro de la cadena de control, son beneficiarios finales las personas naturales que, directa o indirectamente,
ejerzan el control efectivo de una persona jurídica o ente jurídico.
Este control o beneficio económico se puede ejercer de diversas
formas: por ejemplo, teniendo un porcentaje importante (como más del 25%) de
las acciones de una sociedad comercial. Otro caso tiene lugar cuando se ejerce
el control de un porcentaje significativo del derecho a voto, o de la capacidad
de nombrar o remover a los miembros del directorio de una entidad. El control
efectivo puede ser ejercido a su vez por otras vías. Por ejemplo, a través de
un poder de influencia o veto sobre las decisiones que una entidad toma, a
través de acuerdos entre accionistas o socios o a través de vínculos familiares
o de otro tipo con quienes toman las decisiones, o mediante la posesión de
obligaciones negociables u otros títulos de deuda de una entidad convertibles
en acciones.
Así el GAFI , en su informe luego de la última visita realizada a
Colombia, expresó lo siguiente: “Si bien la información básica de las personas
jurídicas se actualiza anualmente y se puede acceder a ella en los registros
públicos y bases de datos de los supervisores, las autoridades tienen
dificultades para obtener información precisa y actualizada sobre el
beneficiario final de las estructuras corporativas complejas y si hay propiedad
o control extranjero involucrado.” Por lo
anterior, es importante establecer procesos de debida diligencia mejorada
efectivos para identificar plenamente los beneficiarios finales ya que, aunque
se ha avanzado mucho, en la práctica esa identificación sigue siendo una tarea
difícil.
En este sentido, para Colombia, la Asociación Bancaria y de
Entidades Financieras (Asobancaria) ha hecho un aporte importante al elaborar
el documento Mejores Prácticas para la
Identificación del Beneficiario Final, que nos orienta sobre lo
que debemos hacer en el proceso de Recopilación de Información para
conocer verdaderamente al beneficiario final, marcando como pasos destacados
para una Debida Diligencia :
1. Identificar, cuando el cliente tiene una estructura corporativa, a
todos los accionistas intermedios, es decir aquellos que son accionistas
directos del cliente, como a los accionistas de estos y así sucesivamente hasta
llegar a los BFs.
2. Rastrear en la estructura corporativa de control las relaciones de
propiedad hasta los dueños finales, que pueden ser personas naturales, o
posiblemente, una entidad pública (aquellas personas jurídicas que desarrolla
la función administrativa en cabeza del Estado, comprende entidades
centralizadas y descentralizadas) o empresa que cotiza en bolsa. En ambos casos
es necesario obtener la razón social y número de identidad de las empresas que
se ubican entre el cliente y los BFs.
3. Verificación de la identidad de los beneficiarios finales Validación
de nombres y apellidos e identificaciones de todos los accionistas o asociados
que tengan directa o indirectamente más del 5% de su capital social, aporte o
participación en la entidad. Esta verificación se debe realizar contra copia
simple de los documentos de identidad o en fuentes de información
pública.
4. Verificación contra listas de vigilancia los nombres e identidad de
los BFs, así como de las empresas intermedias, con el fin de descartar que no
existan restricciones o se trate de PEPs no declarados. En caso de existir
concordancias potenciales que requieran ser confirmadas o descartadas se debe
recurrir a los datos correspondientes a fecha de nacimiento o incorporación,
nacionalidad o país de incorporación y país de domicilio. Esta verificación
debe comprender, en primer lugar, el cruce contra listas restrictivas
internacionales vinculantes para Colombia, como lo es la expedida por el
Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; continuando con la información
disponible a nivel nacional y seguimiento de noticias.
La identificación del beneficiario final es un proceso complejo que
varía según el caso. Las regulaciones de los países suelen establecer criterios
en cuanto a sus definiciones sobre quiénes deben ser considerados beneficiarios
finales. Un detalle importante a tener en cuenta es que la identificación del
beneficiario final es independiente de la nacionalidad del mismo. El anonimato
permite que muchas actividades ilegales, tales como evasión fiscal, corrupción,
lavado de activos y financiamiento del terrorismo, tengan lugar de manera
oculta y escapando de las autoridades que velan por el cumplimiento de la
ley.
Desde
Grupo Jurad, contamos con valiosas herramientas que pueden ser muy útiles para
la detección temprana de posibles casos de lavado de activos. En particular
nuestro producto conocido como “Malla de Relacionados” nos posibilita ir
ampliando niveles de relacionamiento tanto de personas humanas como jurídicas
para conocer así posibles beneficiarios finales con riesgo LA/FT asociado a los
mismos.
A
continuación analizaremos el caso de una persona natural llamada “Juan Carlos”,
de la cual no mencionaremos apellidos ni número de identificación, para
evidenciar cómo un posible beneficiario final con riesgo LAFT puede estar
asociado a la misma y no estar necesariamente entre sus relacionados cercanos.
En la siguiente “Malla de Relacionados” correspondiente a “Juan Carlos” podemos visualizar a “José Miguel” en rojo por ser positivo en listas restrictivas.
Cuando situamos el
cursor encima de personas en rojo en la Malla podemos visualizar el motivo.
Si nos relacionamos como sujetos obligados
directamente con “Jose Miguel”, evidentemente será sencillo determinar el
riesgo que esto conlleva por su carácter positivo en listas restrictivas. Sin
embargo, el problema se suscita cuando la relación comercial se da entre el
sujeto obligado y “Juan Carlos”. A la hora de realizar un control cumpliendo
con la debida diligencia, si nos quedamos únicamente con sus relacionados
cercanos no encontraremos ningún tipo de riesgo. Si incursionamos más allá de
los relacionados cercanos, podremos descubrir que “Jose Miguel” es un tercero
relacionado que trae aparejado un alto riesgo laft. Tranquilamente, “Jose
Miguel” podría ser beneficiario final de una relación u operación comercial
llevada a cabo por “Juan Carlos” y nosotros desconocerlo.
Este caso es una clara evidencia de que
detrás de una persona o empresa pueden esconderse posibles beneficiarios
finales con riesgo de lavado de activos o financiamiento del terrorismo. Si no
realizamos, como sujetos obligados, una investigación exhaustiva del cliente,
contraparte, proveedor o directivo con el cual nos vamos a relacionar,
probablemente nunca podríamos llegar a conocer el posible beneficiario final de
una transacción.
Tal como se evidenció en el caso bajo análisis, el
verdadero riesgo no se detecta ante una primera revisión, sino que resulta
imperioso contar con herramientas inteligentes que nos pongan sobre la mesa a
todos los sujetos ocultos en las distintas capas de relacionados a fin de
cumplir realmente con una debida diligencia.